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Adiós a la licencia de apertura en el comercio minorista

El Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, elimina las licencias de apertura al comercio minorista.
Dicha medida está encaminada a dinamizar e impulsar la actividad comercial minorista y la creación de empleo. Asimismo, la medida de suprimir la licencia de apertura se caracteriza por lo siguiente:
- Está dirigida a empresas del sector comercial minorista en todo el territorio nacional con locales de hasta 300 metros.
- Se sustituyen las licencias previas de apertura y actividad por un modelo de declaración responsable (declaración del titular de la actividad de que se cumplen todos los requisitos legales).
- Los procedimientos iniciados con anterioridad podrán optar por la aplicación inmediata de la nueva regulación.
- El Estado y las Comunidades Autónomas podrán ampliar el catálogo de actividades acogidas a la norma y la superficie de los establecimientos.
- Se garantiza en todo caso el ejercicio administrativo de comprobación, inspección y sanción a posteriori.
La idea es que el ahorro en trámites y tiempo a consecuencia de la aprobación del texto legal contribuya a una mayor creación de empresas, y por tanto, a una mayor creación de empleo.
En todo caso, no dude en ponerse en contacto con PS Tributación y Finanzas si desea más información sobre el marco legal de esta nueva medida aprobada por el Gobierno.