22/Sep/2015
Publicado por PS Tributación y Finanzas
El Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 16 de julio de 2015, ha asestado un duro golpe a la empresa familiar al dictaminar que en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) la reducción del 95% de las empresas familiares debe aplicarse sólo sobre la parte proporcional de la empresa que se encuentre afecta a la actividad de la misma.
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