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Evite la responsabilidad penal de su empresa y elabore un Plan de Prevención de Delitos

08/Abr/2015
Publicado por PS Tributación y Finanzas
Plan de Prevención de Delitos

¡Atención! Conozca el riesgo que su empresa soporta por no tener implantadas medidas de prevención de delitos.

El día 1 de julio de 2015 entrará en vigor la reforma del Código Penal con importantes novedades en lo que se refiere a la responsabilidad penal de las empresas.

Hasta hace muy pocos años, las sociedades mercantiles no podían incurrir en delitos penales, pero esta circunstancia cambió a raíz de la reforma del Código Penal del año 2010. A partir de dicha fecha, nace la responsabilidad penal de las empresas, por la comisión de delitos en el ámbito de la propia actividad de la empresa.

A través de la citada reforma del 2010, se introdujeron medidas que reducían o atenuaban la responsabilidad, sin embargo, las empresas podían acabar respondiendo penalmente aunque fueran diligentes y hubieran implementado correctamente un programa de prevención de delitos.

Estas incoherencias de la reforma de 2010 pretenden ser superadas ahora con la reforma del 2015, a través de la eliminación de responsabilidad para aquéllas empresas que prevengan la comisión de delitos dentro de la propia empresa. Ello obligaría a la implementación de medidas organizativas encaminadas a la prevención de ilícitos penales.

A estos efectos, hay que tener en cuenta que las penas con las que pueden ser castigadas las empresas por la comisión de delitos pueden ir desde una multa o la prohibición de contratar con la Administración Pública hasta la disolución y liquidación de la empresa en cuestión.

Es por ello que desde PS Tributación y Finanzas, S.L., queremos ayudarle a no poner en riesgo la salvaguardia de su empresa, para lo cual, nos ponemos a su disposición para analizar los riesgos de su empresa y preparar un programa de prevención de delitos adecuado.

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