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El IVA ha vuelto a subir

13/Jul/2012
Publicado por PS Tributación y Finanzas
Subida IVA 2012

El Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, introduce, entre otras, las siguientes novedades fiscales en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):

Tipo General del IVA

Se incrementa el tipo general del IVA, que pasa del 18 % al 21%.

Tipo Reducido del IVA

Se sube el tipo reducido del IVA, pasando del 8% al 10%. Asimismo, el tipo reducido deja de ser aplicable para determinadas entregas de bienes y prestaciones de servicios. Entre los bienes y servicios que dejan de tributar al 8% pasando al tipo general del 21% se encuentran los siguientes:

  • Entregas de bienes de flores y plantas vivas de carácter ornamental.
  • Los servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta, barbacoas u otros análogos.
  • Los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos a los productores de películas cinematográficas y a los organizadores de obras teatrales y musicales.
  • La entrada a teatros, circos, espectáculos, festejos taurinos, parques de atracciones y atracciones de feria, conciertos, parques zoológicos, salas cinematográficas y exposiciones. Únicamente quedan sujetas al tipo reducido del 10% la entrada a museos, bibliotecas y pinacotecas.
  • Los servicios prestados a personas físicas que practiquen el deporte o la educación física.
  • Los servicios funerarios.
  • La asistencia sanitaria, dental y curas termales, que no gocen de exención en IVA.
  • Los servicios de peluquería.
  • El suministro y recepción de servicios de radiodifusión y televisión digital.
  • La importación de obras de arte, antigüedades y objetos de colección, así como las entregas de objetos de arte realizadas por determinadas personas.

Por tanto, el consumo de todos estos bienes y servicios pasarán de tributar del 8% al 21%. Asimismo, es destacable que la entrega de edificios o partes de los mismos aptos para su utilización como viviendas mantendrán el tipo del 4% hasta el 31 de diciembre de 2012. A partir de dicha fecha, se gravarán al 10%.

Tipo en régimen especial de equivalencia del IVA

Se modifican los tipos del régimen especial del recargo de equivalencia que pasan del 4% y 1% al 5,2% y 1,4%, respectivamente.

Entrada en vigor

De acuerdo con lo dispuesto en la exposición de motivos, la modificación de los tipos de IVA entrará en vigor a partir de 1 de septiembre de 2012, para evitar perjudicar al sector turístico español y para que las empresas puedan implementar las adaptaciones necesarias.

En todo caso, desde PS Tributación y Finanzas nos ponemos a su disposición para informarle sobre cualquier aspecto fiscal que sea de su interés.

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