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El IVA ha vuelto a subir

El Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, introduce, entre otras, las siguientes novedades fiscales en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):
Tipo General del IVA
Se incrementa el tipo general del IVA, que pasa del 18 % al 21%.
Tipo Reducido del IVA
Se sube el tipo reducido del IVA, pasando del 8% al 10%. Asimismo, el tipo reducido deja de ser aplicable para determinadas entregas de bienes y prestaciones de servicios. Entre los bienes y servicios que dejan de tributar al 8% pasando al tipo general del 21% se encuentran los siguientes:
- Entregas de bienes de flores y plantas vivas de carácter ornamental.
- Los servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta, barbacoas u otros análogos.
- Los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos a los productores de películas cinematográficas y a los organizadores de obras teatrales y musicales.
- La entrada a teatros, circos, espectáculos, festejos taurinos, parques de atracciones y atracciones de feria, conciertos, parques zoológicos, salas cinematográficas y exposiciones. Únicamente quedan sujetas al tipo reducido del 10% la entrada a museos, bibliotecas y pinacotecas.
- Los servicios prestados a personas físicas que practiquen el deporte o la educación física.
- Los servicios funerarios.
- La asistencia sanitaria, dental y curas termales, que no gocen de exención en IVA.
- Los servicios de peluquería.
- El suministro y recepción de servicios de radiodifusión y televisión digital.
- La importación de obras de arte, antigüedades y objetos de colección, así como las entregas de objetos de arte realizadas por determinadas personas.
Por tanto, el consumo de todos estos bienes y servicios pasarán de tributar del 8% al 21%. Asimismo, es destacable que la entrega de edificios o partes de los mismos aptos para su utilización como viviendas mantendrán el tipo del 4% hasta el 31 de diciembre de 2012. A partir de dicha fecha, se gravarán al 10%.
Tipo en régimen especial de equivalencia del IVA
Se modifican los tipos del régimen especial del recargo de equivalencia que pasan del 4% y 1% al 5,2% y 1,4%, respectivamente.
Entrada en vigor
De acuerdo con lo dispuesto en la exposición de motivos, la modificación de los tipos de IVA entrará en vigor a partir de 1 de septiembre de 2012, para evitar perjudicar al sector turístico español y para que las empresas puedan implementar las adaptaciones necesarias.
En todo caso, desde PS Tributación y Finanzas nos ponemos a su disposición para informarle sobre cualquier aspecto fiscal que sea de su interés.